La Política de Identificación del Cliente

Ahora que conozco que existe un manual, me gustaría saber, ¿cómo puedo identificar a los clientes? ¿Se cuenta con alguna herramienta donde pueda consultar sus datos? ¿Qué debo hacer en caso de tratar con personas físicas y morales?

¿En qué consiste la Política de Identificación del cliente?
¿Cuántos regímenes de identificación prevén las nuevas disposiciones?

¿En qué consiste la Política de Identificación del cliente?

Consiste en integrar y conservar un expediente de cada Cliente y, en algunos casos, de su cónyuge y dependientes, de los Beneficiarios, del/los Propietario(s) Real(es) (cuando haya) y de/los Proveedor(es) de Recursos (cuando haya), con datos y documentos, los cuales se deben recabar de forma previa a la celebración del Contrato en el que se formalice la Operación y, de acuerdo a lo que adelante se indica.

También consiste en completar esos datos y documentos al momento en que el Cliente o los Beneficiarios se presenten a ejercer sus derechos.

Se prevén tres regímenes de identificación, el Régimen de Excepción, el Régimen Ordinario y el Régimen Especial, integrado por:

a) Operaciones no presenciales;

b) Simplificado (para organismos y dependencias sean del Gobierno Federal, de gobiernos Estatales o gobiernos Municipales, así como sus organismos y dependencias, al igual que para entidades del sector financiero y organizaciones auxiliares del crédito),

c) Alto Riesgo y

d) Fideicomisos.

En esta ocasión sólo exploraremos el Régimen de Excepción, el Régimen Ordinario y el Régimen Especial (Alto Riesgo).