Política de Conocimiento del Cliente

Entre las características de la Política de Conocimiento del Cliente, podemos destacar los siguientes puntos.

1. ¿En qué consiste esta política?

Consiste en establecer las políticas, criterios, procedimientos y controles para mitigar los Riesgos acorde a los resultaos del EBR.

2. ¿De qué se ocupa esta política?

Los criterios, políticas, procedimientos y controles deben enfocarse a: (i) la celebración, limitación o terminación de las relaciones comerciales, pero no las relacionadas con las Operaciones de seguros y de fianzas; (ii) el seguimiento de las operaciones de los clientes y su agrupación; (iii) establecer los supuestos en que las Operaciones de los Clientes se aparten de su perfil transaccional y, (v) para la modificación del Grado de Riesgo del Cliente.

3. ¿Cómo se construye el perfil transaccional del Cliente?

El perfil transaccional del Cliente se basa en la información que proporciona, en el monto, tipo, naturaleza y frecuencia de las operaciones que realice, el origen y destino de sus recursos y la geolocalización del Dispositivo en el caso de operaciones no presenciales.

4. ¿Cómo se clasifican a los Clientes?

Las Instituciones deben clasificar a sus Clientes en un Grado de Riesgo, de tal manera que, cuando el Grado de Riesgo sea mayor, la Institución deberá recabar mayor información de éste y realizar una supervisión más estricta de su comportamiento transaccional.

5. ¿Qué perfil de Cliente requiere un seguimiento mayor?

Se consideran Clientes de Grado de Riesgo Alto a las Personas Políticamente Expuesta extranjeras y los Clientes no residentes en el país que operen seguros con componentes de inversión en moneda extranjera, así como aquellas personas que la Aseguradora o la Afianzadora clasifiquen con tal carácter bajo su metodología de evaluación de Riesgos.